Somos expertos en prevención de Lavado de Dinero
Si realizas algunas de las siguientes actividades, requieres de nuestros servicios.
SORTEOS | CASINOS | PREMIOS
Quienes realizan juegos con apuestas, sorteos, concursos
TIENDAS DEPARTAMENTALES
Comercios que emiten y utilizan, tarjetas de servicios, lealtad, regalo, crédito, monederos electrónicos, prepago, o cualquier otro nombre que les den y no hayan sido emitidas por entidades financieras
CHEQUE DE VIAJERO
Empresas que comercializan y utilizan cheques de viajero distintos a los emitidos por entidades financieras
CASAS DE EMPEÑO
Quienes otorgan préstamos, créditos u operaciones de muto con o sin garantía, distintas a entidades financieras
CONSTRUCTORAS | INMOBILIARIAS
Quienes ofrecen servicios para la construcción o desarrollo inmobiliario, así como aquellos que sean intermediarios en la enajenación o constitución de derechos inmobiliarios
JOYERÍAS
Quienes comercializan metales o piedras preciosas, joyería o relojería
ARTE
Quienes comercializan o subastan obras de arte
AGENCIAS | CONCESIONARIAS | DISTRIBUIDORES DE VEHÍCULOS
Quienes enajenan o distribuyen cualquier vehículo, aéreo, marítimo o terrestre, ya sea nuevo o usado
BLINDAJE
La prestación de servicios de blindaje de automóviles e inmuebles, ya sean nuevos o usados
TRASLADO DE VALORES
Quienes realizan servicios de traslado de dinero o valores
ABOGADOS | CONTADORES | ADMINISTRADORES
Profesionistas que ofrecen sus servicios de manera independiente
FEDATARIO | JUEZ
Notarios o Corredores Públicos y cualquier otro servidor que tenga la faculta de prestar servicios de fe pública
ORGANIZACIONES SOCIALES
Asociaciones o Sociedades sin fines de lucro que perciben ingresos de sus agremiados (Partidos Políticos, Sindicatos, Colegios de Profesionistas, Asociaciones Religiosas)
AGENTE | APODERADO ADUANAL
Quienes prestan servicios en materia de comercio exterior
ARRENDAMIENTO
Quienes se dediquen al arrendamiento de inmuebles
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, coloquialmente conocida como Ley Antilavado de Dinero, impone múltiples obligaciones a quienes realizan Actividades, arriba señaladas, consideradas como Vulnerables, como lo son, entre otras:
• Crear expedientes de identificación • Llevar registros • Presentar avisos • Respaldar información • Contar con un Manual de operatividadLa finalidad de estas obligaciones, es que las autoridades competentes obtengan información para detectar y combatir las operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero).
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) tienen facultades para comprobar el cumplimiento de las obligaciones en materia de Lavado de Dinero. Si al practicar una visita de verificación detectan incumplimientos, proceden a imponer las sanciones que corresponden.
Por el incumplimiento a cada obligación se impondrá una multa que van desde los $15,098.00 hasta los $4,906,850.00, por evento. Independientemente al delito que resulte, sancionado con prisión de 4 a 10 años.
Con nuestros servicios usted cumplirá puntual y correctamente con sus obligaciones en materia de Lavado de Dinero, previniendo que incurrirá en actos sancionados con multas o penas de prisión.
De tal manera, protegemos la operación de los negocios, su estabilidad economía, patrimonial, sobre todo su libertad.